Cuánto cobra un corredor de propiedades en Chile: venta, arriendo y administración
La respuesta corta: en Chile un corredor de propiedades cobra alrededor de 2% más IVA a cada parte en una venta, entre medio mes y un mes de renta por colocar un arriendo, y entre 5% y 10% de la renta mensual si además administra la propiedad. Ninguna de esas cifras está fijada por ley: son la costumbre del mercado y se negocian.
Esa es la parte fácil. La parte que cuesta plata es entender cuándo se paga esa comisión, quién la paga y qué pasa si el negocio se cae a mitad de camino. Vamos por partes, con números.
Cuánto se cobra en cada caso
| Servicio | Rango habitual | Quién paga normalmente | Cuándo se paga |
|---|---|---|---|
| Venta | 2% + IVA a cada parte | Comprador y vendedor, cada uno lo suyo | Al firmar la escritura (o en la promesa, si el mandato lo dice) |
| Arriendo (colocación) | Entre 0,5 y 1 mes de renta + IVA | El arrendatario, en la mayoría de los casos | Al firmar el contrato de arriendo |
| Administración de arriendo | 5% a 10% de la renta mensual | El propietario | Todos los meses, mientras dure |
| Arriendo de local u oficina | Entre 1 y 2 meses de renta + IVA | Se negocia, suele pagar el arrendatario | Al firmar |
| Tasación como servicio aparte | Monto fijo, no porcentaje | Quien la pide | Al entregar el informe |
Los números con una propiedad real
Supongamos una casa que se vende en 5.000 UF. Con el 2% más IVA por parte, el vendedor paga 100 UF de comisión más 19 UF de IVA, y el comprador paga otro tanto. Sobre la operación completa, la corredora factura cerca de 238 UF. Conviene tenerlo en el presupuesto desde el principio, junto a los gastos de notaría, el Conservador y el impuesto al mutuo si hay crédito.
En arriendo el orden de magnitud es otro. Un departamento que se arrienda en $600.000 mensuales significa una comisión de colocación de entre $300.000 y $600.000 más IVA, pagada una vez. Si además contratas administración al 8%, son $48.000 mensuales, unos $576.000 al año: más que la colocación, y por eso conviene decidir si de verdad necesitas que alguien administre o si puedes hacerlo tú.
Qué incluye esa comisión y qué no
Por lo que cobra, una corredora debería tasar la propiedad, hacer o coordinar las fotos, publicar el aviso, filtrar a los interesados, mostrar, negociar y acompañar hasta la firma. Eso es el servicio.
Lo que la comisión no incluye, y es importante porque a veces se asume: no cubre el estudio de títulos, que debe hacer un abogado y que conviene que elijas tú; no cubre la tasación del banco, que es otra y puede quedar por debajo del precio pactado; no cubre los gastos de notaría ni el Conservador; y no convierte a la corredora en responsable por deudas de contribuciones, gastos comunes impagos ni vicios ocultos de la propiedad.
Las tres cláusulas del mandato donde se pierde plata
- Cuándo se devenga la comisión. Hay mandatos que la hacen exigible al «conseguir un comprador dispuesto a comprar en las condiciones ofrecidas», no al cerrar la venta. Si el comprador después no obtiene el crédito, te pueden cobrar igual. Pide que la comisión se pague contra escritura firmada.
- Exclusividad y plazo. La exclusividad no es mala, ordena el trabajo y suele mejorar el servicio, pero debe tener plazo definido (tres o seis meses es razonable) y decir qué pasa si tú mismo encuentras comprador. Un mandato exclusivo indefinido es una mala idea.
- Comisión posterior al término. Muchos textos dicen que si la propiedad se vende dentro de 60, 90 o 180 días después de terminado el mandato a alguien que la corredora mostró, la comisión se paga igual. Es una cláusula legítima, pero debe estar acotada en el tiempo y referirse a personas identificables.
Y una regla práctica que ahorra disgustos: la reserva o el pie se transfieren a una cuenta a nombre de la empresa o de la notaría, nunca a la cuenta personal de quien te muestra la propiedad.
¿Es negociable? Sí, y así se hace
La comisión es un precio, no un arancel. Lo que de verdad mueve la aguja al negociar: ofrecer exclusividad por un plazo definido, llegar con los títulos ya revisados y los certificados al día, tener una propiedad de precio alto donde el porcentaje es una cifra grande, o entregar más de una propiedad al mismo corredor.
Lo que no recomendamos es apretar hasta el hueso. Una comisión muy por debajo del mercado se traduce casi siempre en menos visitas, fotos con celular y tu propiedad al final de la lista. Si el objetivo es vender, el servicio importa más que medio punto de comisión.
¿Necesito corredor para vender o arrendar?
No es obligatorio. Puedes vender y arrendar por tu cuenta, y en este portal se publica gratis. Un corredor tiene sentido cuando no tienes tiempo para mostrar, cuando no sabes fijar el precio, cuando el arriendo lo vas a tener a distancia o cuando la propiedad tiene algo que complica la venta (sociedad conyugal, herencia, títulos con observaciones). Si tienes tiempo, la propiedad está en orden y sabes a cuánto se está vendiendo lo de al lado, hacerlo solo es perfectamente posible.
Si decides trabajar con uno, el directorio de corredoras por región y comuna te deja comparar quién trabaja tu zona, por qué canal atiende y cuántas propiedades tiene publicadas. Y antes de firmar, revisa la guía de escritura, Conservador y gastos notariales para saber qué gastos vienen además de la comisión.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un corredor de propiedades por vender una casa en Chile?
Lo habitual es 2% más IVA a cada parte, comprador y vendedor, sobre el precio de venta. En una casa de 5.000 UF eso son 100 UF más IVA por lado. No es una tarifa legal: es la costumbre del mercado y se puede negociar, sobre todo en propiedades de mayor precio o cuando das exclusividad.
¿Cuánto cobra un corredor de propiedades por arriendo?
Entre medio mes y un mes de renta, más IVA, una sola vez al firmar el contrato. En la práctica lo paga el arrendatario en la mayoría de los casos, aunque nada impide acordar que lo pague el propietario o que se reparta. Debe quedar escrito antes de mostrar la propiedad.
¿Cuánto cobra un corredor por administración de arriendo?
Entre 5% y 10% de la renta mensual, mes a mes, mientras dure la administración. Es un servicio distinto de colocar el arriendo: incluye cobrar la renta, revisar el estado de la propiedad, coordinar arreglos y tratar con el arrendatario. Si te cobran la colocación y además administración, son dos cobros diferentes.
¿Se puede negociar la comisión de un corredor de propiedades?
Sí, y conviene intentarlo. Los argumentos que funcionan son dar exclusividad por un plazo definido, entregar la propiedad con títulos ya revisados y fotos listas, o tener una propiedad de precio alto donde el 2% es una cifra grande. Lo que no conviene es negociar hacia abajo y quedarse sin servicio: una comisión muy baja suele significar que tu propiedad será la última de la lista.
¿Quién paga la comisión del corredor, el comprador o el vendedor?
En venta, la costumbre chilena es que pague cada parte su 2%: el vendedor por un lado y el comprador por el otro. En arriendo, casi siempre el arrendatario. Pero no hay norma que lo imponga, así que es materia del mandato y de lo que se pacte en la promesa o el contrato.
¿Cuándo se paga la comisión?
Cuando el negocio se cierra, no cuando se publica. En venta se paga al firmar la escritura de compraventa, o en la promesa si el mandato lo dice. En arriendo, al firmar el contrato y entregar las llaves. Revisa cuándo se «devenga» la comisión en el mandato: algunos textos la hacen exigible con solo conseguir un comprador dispuesto, incluso si después el negocio se cae.
¿El corredor cobra si vendo por mi cuenta?
Depende del mandato. Con exclusividad, muchos mandatos establecen que la comisión se paga igual si la propiedad se vende durante la vigencia, sin importar quién trajo al comprador. Sin exclusividad, cobra solo quien haya presentado efectivamente al comprador. Es la cláusula que más problemas causa, así que léela antes de firmar.
¿La comisión del corredor lleva IVA?
Sí. El corretaje es un servicio y está afecto a IVA, de modo que sobre la comisión se suma el 19%. Si te dicen «2%» conviene preguntar si es con IVA incluido o no: la diferencia en una propiedad de 5.000 UF es de 19 UF por parte.
¿Existe un arancel oficial de corredores de propiedades en Chile?
No. El corretaje de propiedades no está regulado por una ley especial ni exige título, registro ni examen, y por lo mismo no hay arancel obligatorio ni un organismo que fije tarifas. Existen asociaciones voluntarias que sugieren rangos, pero ninguna corredora está obligada a seguirlos.