Ley de Copropiedad 21.442: qué deben actualizar los condominios

Equipo Rincón Inmobiliario
5 min de lectura
Edificios de departamentos en altura

Vivir en un edificio o condominio en Chile cambió con la entrada en vigencia de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria y su reglamento. La normativa moderniza reglas que databan de 1997 y establece nuevas obligaciones tanto para las comunidades como para quienes administran estos inmuebles.

Una ley nueva y su reglamento

La Ley N° 21.442, según consigna la BCN, reemplazó a la antigua legislación y actualizó aspectos como la clasificación de los condominios, el contenido de los reglamentos de copropiedad, la resolución de conflictos y la administración. Su reglamento fue publicado en el Diario Oficial el 9 de enero de 2025, y las comunidades tuvieron plazo para adaptar sus reglamentos antes del 9 de enero de 2026.

El MINVU ha sido la cartera encargada de impulsar la implementación, que busca hacer más práctica la convivencia en los cientos de miles de unidades acogidas a copropiedad en el país.

Registro de administradores y comité

Uno de los cambios más significativos es la creación de un Registro Nacional de Administradores, en el que deben inscribirse todas las personas que ejerzan esa función. Para acceder, el administrador debe tener al menos educación media completa y aprobar una capacitación en un organismo acreditado.

  • El comité de administración debe tener un número impar de integrantes, entre 3 y 5.
  • El comité dura el período que fije la asamblea, con un máximo de 3 años, y puede reelegirse.
  • Debe reunirse al menos una vez al mes y cada vez que el edificio lo requiera.

Qué implica para los residentes

Para los copropietarios, la ley apunta a una administración más profesional y transparente, con mejores herramientas para resolver conflictos y rendir cuentas. También refuerza el rol del fondo de reserva y precisa las reglas para el uso de bienes comunes, un tema sensible cuando se trata de instalar mejoras o nuevos servicios.

La ley también ordena la convivencia cotidiana: precisa cómo se citan las asambleas, qué materias requieren mayorías especiales y cómo deben rendirse las cuentas de la administración. Para los copropietarios, esto se traduce en mayor claridad sobre el destino de los gastos comunes y en herramientas más concretas para fiscalizar la gestión del edificio.

Las comunidades que aún no actualizan su reglamento deben regularizar su situación para evitar problemas en la toma de acuerdos y en la gestión diaria. La recomendación de los especialistas es revisar el reglamento vigente, verificar que el administrador esté inscrito en el registro y mantener al día las actas del comité, especialmente de cara a decisiones que requieren quórum elevado, como la instalación de mejoras o la intervención de bienes comunes.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo tenían plazo los condominios para actualizar su reglamento?

El reglamento de la Ley 21.442 se publicó en el Diario Oficial el 9 de enero de 2025 y las comunidades tuvieron plazo para adaptar sus reglamentos de copropiedad antes del 9 de enero de 2026, según la normativa impulsada por el MINVU.

¿Qué es el Registro Nacional de Administradores?

Es un registro creado por la Ley 21.442 en el que deben inscribirse todas las personas que ejercen como administradores de condominios. Para acceder se exige al menos educación media completa y aprobar una capacitación en un organismo acreditado.

¿Cómo debe estar compuesto el comité de administración?

El comité debe tener un número impar de integrantes, entre un mínimo de 3 y un máximo de 5. Dura el período que fije la asamblea, sin superar los 3 años, puede reelegirse y debe reunirse al menos una vez al mes.

¿Qué pasa si mi edificio no actualizó su reglamento?

Las comunidades que no adaptaron su reglamento al nuevo marco deben regularizar su situación para evitar problemas al tomar acuerdos y en la gestión diaria. Se recomienda revisar el reglamento, confirmar que el administrador esté inscrito y mantener al día las actas.

Fuentes: BCN, MINVU. Esta nota es informativa y no constituye asesoria financiera ni legal.

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