Heredar una propiedad en Chile: posesión efectiva, pasos e impuesto a la herencia

Equipo Rincón Inmobiliario
3 min de lectura
Trámite con documentos legales sobre una herencia

Heredar una casa o un departamento no basta con ser hijo o cónyuge: para poder vender, arrendar o inscribir la propiedad a nombre de los herederos hay que tramitar la posesión efectiva y pagar el impuesto a la herencia cuando corresponde, según el Servicio de Impuestos Internos (SII), el Registro Civil y la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN). Conocer los pasos evita bloqueos al momento de disponer del inmueble.

Puntos clave

  • La posesión efectiva es el trámite que reconoce a los herederos y habilita inscribir los bienes a su nombre.
  • Si no hay testamento (sucesión intestada) se tramita en el Registro Civil; con testamento, ante los tribunales.
  • El impuesto a las herencias es progresivo y tiene un tramo exento; lo determina el SII.
  • Solo después de inscribir la propiedad a nombre de los herederos se puede vender o transferir.

¿Cuáles son los pasos para heredar una propiedad?

Primero se tramita la posesión efectiva (en el Registro Civil si la sucesión es intestada). Luego se determina y paga el impuesto a las herencias ante el SII cuando corresponde. Después, la posesión efectiva y los inmuebles se inscriben en el Conservador de Bienes Raíces a nombre de los herederos. Recién entonces se puede vender o transferir la propiedad.

¿Cuánto se paga de impuesto a la herencia?

El impuesto a las herencias es progresivo: aumenta con el monto heredado y contempla un tramo exento y rebajas según el parentesco. El SII calcula la base considerando el avalúo y las deudas. Por eso conviene tasar bien la propiedad y, si la herencia es compleja, asesorarse para no pagar de más.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la posesión efectiva?

Es el trámite legal que reconoce oficialmente a los herederos de una persona fallecida y permite inscribir los bienes, incluidos los inmuebles, a su nombre. Sin ella no se puede vender la propiedad heredada.

¿Dónde se tramita la posesión efectiva?

Si no hay testamento, se tramita en el Registro Civil. Si hay testamento, se realiza ante los tribunales. En ambos casos, después hay que inscribir los inmuebles en el Conservador de Bienes Raíces.

¿Siempre se paga impuesto a la herencia?

No siempre. El impuesto es progresivo y tiene un tramo exento, además de rebajas según el parentesco. Las herencias de menor monto pueden quedar exentas; el SII determina el monto final.

Fuentes: SII, Registro Civil e Identificación y Ley Chile (BCN). Esta nota es informativa y no constituye asesoría legal.

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